La Secretaria General se ha reunido hoy con representantes del PSOE y de otras organizaciones de autónomos
Madrid, 23 de septiembre de 2014
La Secretaria General de la Unión de Asociaciones de Trabajadores Autónomos y Emprendedores, UATAE, Maria José Landaburu, se ha reunido hace unos minutos con representantes del PSOE y de otras organizaciones de autónomos, a petición de este partido, para debatir la actual situación de los autónomos y emprendedores, especialmente en cuanto a su afectación por las recientes modificaciones de la Ley Concursal.
En este sentido, UATAE coincide con el PSOE en la necesidad de hacer un planteamiento específico para los autónomos propiamente dichos en la mencionada Ley. UATAE, también considera que es fundamental lograr la continuidad de las actividades o empresas que sean económicamente viables y no, como está sucediendo ahora que, un importante número de concursos (entre el 95% y el 98%) terminen con la liquidación de los concursados y, por tanto, con el fin de la empresa. Para Landaburu, esta situación “se repite con mayor contundencia en el caso de las pequeñas empresas y los autónomos, con mayores dificultades de refinanciación y de alcanzar los acuerdos con los acreedores en las formulaciones legalmente establecidas”.
La Secretaria General de UATAE destacó, en esta reunión que, aunque la ley “flexibiliza los plazos temporales, las cuantías de las quitas, los porcentajes de aprobación de los acuerdos, entre otros, no prevé actuaciones específicas para los trabajadores autónomos”. Asegura que, esta configuración legal dista mucho de la que poseen la mayoría de los países de nuestro entorno como Portugal, Bélgica, Alemania, Francia, Italia, Noruega o Estados Unidos que han legislado la “segunda oportunidad” o “fresh starts” que tiene efectos, además, “sobre el conjunto de los operadores económicos, haciendo por un lado que los créditos inicialmente incobrables puedan alcanzar efectividad, y por otro, incentivando y estimulando la actividad económica”.
Landaburu explicó como, en nuestro país, el concepto de “segunda oportunidad” que trajo consigo la Ley de Emprendedores ha resultado claramente “insuficiente”. Y es que las tasas judiciales, los honorarios de los distintos profesionales intervinientes y el umbral mínimo de pasivo satisfecho que se exige para obtener la exoneración o fresh start “es muy alto”.
Esta situación, aclara, “dejará fuera del ámbito de protección de la norma a muchos deudores que no tendrán activo suficiente para abonar todos los créditos contra la masa, privilegiados y 25% pasivo ordinario”. Asimismo, recuerda que en los casos de concurso por insuficiencia de masa quedan fuera de la exoneración de deudas. “Concluido el concurso, los acreedores podrán reiniciar las ejecuciones singulares y el deudor seguirá condenado a la exclusión social y de ahí que no haya segunda oportunidad para el que menos tiene”.
En este sentido, Maria José Landaburu recordó al Grupo Parlamentario Socialista que es importante adoptar algunas medidas, entre las que destacó:
- El proceso de recuperación personal: Landaburu recuerda que el mayor problema que afecta a los autónomos es que, “si después de liquidar todo su patrimonio, bienes y derechos, no se satisfacen todas las deudas, los acreedores podrán seguir actuando en el futuro contra él”. Por ello, UATAE propone el modelo francés por el cual, si fracasa el plan de pagos, en el caso de buena fe del deudor, “hay que proceder a la insolvencia y liquidación de bienes, eliminando todas las deudas, hayan obtenido satisfacción o no, sean públicas o privadas”.
- La dación en pago de los bienes hipotecados para el deudor insolvente y no culpable. Esta medida pretende evitar que, después de la ejecución de la hipoteca y, siempre que la venta del bien no satisfaga la totalidad de la deuda, “el acreedor pueda continuar la ejecución sobre todos los bienes presentes y futuros sin límite temporal”.
- La inembargabilidad de la vivienda habitual no suntuaria.
- Desjudicialización real de la fase previa. UATAE apuesta por un sistema de arbitraje que culmine con un auténtico plan de viabilidad.
- Si se presenta un plan de pagos viable, la imposición a todos los acreedores, incluidos los públicos, de los planes de viabilidad aceptados por el juez que no tendrá, en este caso, limitación en cuanto a las quitas o esperas aplicables.